Transparencia Internacional: Este documento no sirve para fiscalizar el enriquecimiento de nuestros políticos

1 post / 0 new
Imagen de fiarme
Transparencia Internacional: Este documento no sirve para fiscalizar el enriquecimiento de nuestros políticos

Transparencia

Transparencia Internacional (TI) vuelve a hacer una radiografía del nivel de transparencia y corrupción en nuestro país. Hace unos días publicó un documento de 40 páginas, en inglés, aunque el resumen ejecutivo en español es de 11. El informe se realizó en los meses de abril a junio de este año para identificar la situación de progreso de España en relación con determinados Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030. En concreto, se analiza la situación respecto al Objetivo 16 de Promoción de una sociedad justa, pacífica e Inclusiva, que contiene metas relacionadas con la transparencia y la lucha contra la corrupción.

Estamos hablando de revisar la situación sobre los flujos financieros ilícitos, soborno y corrupción en todas sus formas, instituciones transparentes y responsables que rindan cuentas y libertades públicas y derecho de acceso a la información. El informe se realiza como análisis independiente de la sociedad civil en paralelo al del Gobierno, que deberá defender en julio, por primera vez, el avance de España en estas materias frente al Foro Político de Alto Nivel de la ONU. España expondrá la situación y medidas adoptadas en los 17 objetivos y 169 metas que forman parte de la Alianza 2030.

España ocupa la posición 42 de 180 países según el Índice de percepción de la corrupción 2017 de Transparencia Internacional, la peor posición en toda la serie histórica. Asimismo, el 80% de españoles piensan que el Gobierno actúa mal o muy mal en la lucha contra la corrupción según el Barómetro Global de Corrupción de TI. Esta situación reduce la confianza en las instituciones, degrada la vida pública, daña la imagen internacional del país y deteriora el progreso socioeconómico de España.

¿Y qué dice el estudio sobre los políticos, sus sueldos y su patrimonio? Pues que sí, que se ha avanzado pero que en muchos casos solo se hacen públicos los ingresos brutos anuales de nuestros altos cargos y electos y no siempre se computan las dietas, retribuciones de productividad e indemnizaciones por razón del servicio.

En este sentido, Sueldos Públicos recuerda, por ejemplo, que el Portal de Transparencia del Gobierno de España publica las retribuciones de los altos cargos de la Administración General del Estado a año vencido y siempre una cantidad global, sin detallar qué parte corresponde al sueldo, a los trienios de antigüedad y al complemento de productividad, como en el caso de los secretarios de Estado, subsecretarios de Estado, directores generales y asimilados. Tres cuartos de lo mismo ocurre con los datos de los responsables de empresas públicas. No obstante, algunos entes públicos sí publican el desglose de complementos, como es el caso de la noticia que te contamos ayer.

Con respecto al mecanismo para controlar el enriquecimiento, el documento señala que las declaraciones de activos solo se presentan al principio y al final de la actividad, por lo tanto, cada cuatro años y sin monitoreo, y la obligación actual de informar cambios no se cumple, ya que en práctica no hay control sobre ellos y el sistema sancionador asociado es débil.

¿Recuerdas las famosas declaraciones de bienes y rentas de los diputados, senadores y concejales? Es un documento que carece de validez jurídica, que nadie revisa, según fuentes del Congreso de los Diputados consultadas por Sueldos Públicos hace varios años. Algunos cargos sí añaden documentos complementarios a lo largo de la legislatura o del mandato para reflejar un cambio de patrimonio, la recepción de una herencia, por ejemplo. Son una minoría. 

En cambio, una parte sustancial no sabe ni rellenar el documento. Reflejan ingresos brutos cuando hay que poner percepciones netas. Un ejemplo es el documento del diputado y presidente de Ciudadanos, Albert Rivera. TI argumenta que solo se publica al principio de cada legislatura pero que no hay un seguimiento o fiscalización de esos documentos públicos y el régimen sancionador en caso de incumplimiento es “débil”.

Con todo, TI deja claro que en el nivel operacional se ha progresado. En este sentido, la publicación de declaraciones de activos, intereses y actividades es, generalmente, llevada a cabo en los portales de transparencia nacionales, regionales y locales; esto es debido al trabajo de monitoreo y control de las organizaciones de la sociedad civil y especialmente al impulso logrado a través de los índices de transparencia y las evaluaciones llevadas a cabo por TI. También es imperativo continuar avanzando en una cultura ética de integridad, rendición de cuentas y cumplimiento en todo el sector público.

En repetidas ocasiones, el informe insiste en explicar que hay comunidades que hacen los deberes en materia de transparencia y derecho de acceso, como la Comunitat Valenciana, Andalucía y Cataluña y otras ofrecen una respuesta deficiente como la de Madrid.

El informe recoge hasta 30 recomendaciones. Aunque son todas de suma importancia, Sueldos Públicos destaca:

  • Ampliar el debate en torno al proyecto de Ley Ómnibus contra la corrupción, denominado Ley Integral contra la corrupción y protección del denunciante, actualmente en trámite parlamentario.
  • Extender el ámbito de aplicación subjetivo de esta Ley Integral contra la corrupción a todos los funcionarios públicos relevantes, los trabajadores del sector privado, particulares, proveedores y contratistas.
  • Tener medios para controlar el ciclo de vida de los altos cargos (idoneidad de perfil profesional, recepción de declaraciones de bienes, intereses y compatibilidades y revisión anual de las mismas, control de puertas giratorias, detección de infracciones y aplicación de sanciones).
  • Promover que todos los poderes del Estado cuenten con mecanismos efectivos de integridad y redición de cuentas. Profundizar en la transparencia de nombramientos de Presidencias de Tribunales por parte del Consejo general del Poder Judicial.
  • En relación al Tribunal de Cuentas, promover la adopción de un código ético y de buen gobierno amplio, que establezca, más allá de la Ley, principios relativos a los conflictos de interés, la independencia y otros relacionados.
  • Garantizar la protección laboral, asistencia judicial y la no imposición de condicionantes estrictos que limiten o afecten la realización de posibles denuncias en la actual Proposición de Ley integral contra la corrupción y protección del denunciante.
  • Mejorar la efectividad del control del Tribunal de Cuentas sobre la financiación de partidos, incrementando los datos que recibe e incorporando la obligación de que los partidos hagan públicas sus auditorias anuales externas.
  • Acelerar la aplicación de las 75 medidas aprobadas por partidos de la oposición (anteriores al actual Gobierno) para reformar la financiación de los partidos políticos.
  • Revisión de las penas de los delitos asociados a la corrupción, en especial cohecho, tráfico de influencias, prevaricación y malversación. Aumento de los plazos temporales para la prescripción de dichos delitos.
  • Que las Resoluciones del Consejo de Transparencia tengan carácter vinculante para evitar la actual judicialización.
  • Que se establezca la obligación de publicación de datos y derecho de acceso en las propias webs de los organismos públicos y no de forma indirecta en el Portal de Transparencia del Estado.
  • Que se establezca una evaluación anual del Consejo a organismos clave: entidades y empresas públicas, organismos reguladores y partidos políticos.
  • Que exista un mecanismo de control efectivo con infracciones y sanciones administrativas disuasorias.
  • Que la publicidad activa incluya agendas de altos cargos, retribuciones, Código ético y de conducta y valoraciones de calidad de los servicios públicos realizadas por ciudadanos acompañadas de Planes de mejora de calidad.
  • Que el derecho de acceso sea canalizable de forma multicanal: presencial, telemático y con DNI y email.
  • Aumentar los plazos temporales para la prescripción de delitos asociados a la corrupción, en especial cohecho, tráfico de influencias, prevaricación y malversación.
  • Contemplar por igual al recepto y al pagador en los delitos asociados a la corrupción. Los medios de comunicación se centran solo en la persona que recibe el dinero.

Este documento no sirve para fiscalizar el enriquecimiento de nuestros políticos, según Transparencia Internacional