La falta de respuesta a las consultas de las empresas por parte de Tributos bloquea su principal colchón de seguridad y augura futuros litigios
La normativa fiscal española es prolija y extraordinariamente detallada pero no alcanza para dar respuesta a todas las situaciones que se producen en el tráfico mercantil. Para todas esas situaciones que la ley no alcanza a explicar o a aclarar el sistema fiscal se dotó de un mecanismo de resolución urgente: las consultas vinculantes a la Dirección General de Tributos. Es un cauce que pueden utilizar tanto los particulares como las empresas para resolver sus dudas sobre la adecuada tributación que procede en situaciones de especial complejidad. El canal actúa como una suerte de puerto seguro: el contribuyente plantea sus dudas sobre cómo pagar sus impuestos ante una actuación de especial complejidad y Hacienda aclara cómo hacerlo. Así el marco queda claro.
Sin embargo, ese canal de seguridad ha dejado de funcionar en condiciones en los últimos tiempos, especialmente en lo que se refiere a las consultas sobre el Impuesto de Sociedades. Según la base de datos de la Dirección General de Tributos, en lo que va de año la Subdirección General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas apenas ha contestado once consultas, cuando hace apenas dos años a estas alturas las respuestas rondaban ya el centenar (ver gráfico).
Desde el Ministerio de Hacienda se atribuye esta situación a "diversos factores de carácter técnico" entre los que el más relevante sería "la mayor complejidad de las cuestiones abordadas". Un argumento que flaquea a los ojos de los asesores fiscales que revelan que la mayoría de esas respuestas hacen referencia al régimen de fusiones y absorciones, que no ha experimentado modificación alguna en los últimos años. Sea como fuere desde la Dirección General de Tributos se subraya que "se está realizando el mayor esfuerzo para contestar a los consultas tributarias planteadas por los contribuyentes, así como para dar cumplimiento a todas las funciones que la normativa le atribuye", lo que suena a una suerte de justificación por la elevada carga de trabajo del departamento. Nada extraño en unos ejercicios en los que el Impuesto de Sociedades y su reforma han estado en el punto de mira.
La consecuencia es que mientras la regulación actual sostiene que las consultas tributarias deben evacuarse en un plazo no superior a los seis meses, según las estimaciones del Registro de Asesores Fiscales (REAF) el periodo medio de respuesta en el que nos encontramos en los últimos años ronda el año y medio, lo que desactiva por completo la utilidad de un instrumento pensado para dar respuestas urgentes a dudas puntuales.
"La consecuencia es que los contribuyentes, ante tanta demora, se plantean dejar de hacer consultas a la DGT porque no pueden esperar tanto tiempo para ejecutar y planificar la fiscalidad de sus clientes. No les sale a cuenta", aseguran desde REAF. En un contexto, en que tanto desde la OCDE como desde la Agencia Tributaria se está intentando dar un empujón a la cooperación tributaria, la parálisis en la Dirección General de Tributos a la hora de dar respuesta a las consultas de asesores y empresas es un torpedo en la línea de flotación de este propósito.
La situación obliga a asesores y empresas a jugar en el filo. En un país en el que las discrepancias de criterio en torno a situaciones tributarias se resuelven más en los Tribunales que en ningún otro ámbito, la ausencia de guía por parte de Hacienda a la hora de calificar las situaciones más complejas desde el punto de vista tributario es un foco de litigiosidad evidente. El dato es demoledor: en los últimos tres ejercicios, Tributos ha resuelto menos de la mitad de consultas tributarias que en 2016.
La Información ha consultado la opinión de media docena de asesores fiscales sobre el asunto y existe una coincidencia generalizada en el retroceso en los instrumentos de colaboración con la Administración Tributaria, no solo por su mal funcionamiento sino por una pérdida de calidad. Los asesores consultados apuntan, además de a las dificultades para resolver sus dudas sobre la aplicación de la legislación tributaria, a decisiones un tanto sorprendentes como la de situar en el Tribunal Económico Administrativo Central, que debe resolver cuestiones tributarias de hondo calado y marcar el criterio de la Administración Tributaria respecto a las mismas, a inspectores sin apenas experiencia y con un bagaje limitado.
De telón de fondo de toda esta situación, el embalsamiento en distintas instancias judiciales de litigios fiscales por un valor cercano a los 30.000 millones de euros con el coste que ello acarrea a la economía; a las arcas públicas, en caso de que esos litigios se resuelvan a favor de la Administración, y a las empresas, que se ven privadas durante años de recursos que en legalidad les corresponden, en el caso de pugnas fiscales que se resuelven a su favor.
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