Desde la FEDERACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO “FRANCISCO GINER DE LOS RÍOS”, llevamos muchos años trabajando por la gratuidad de los libros de texto, y denunciando el negocio existente en las editoriales en torno a los libros escolares, que como bien de primera necesidad, ha supuesto un desembolso desmesurado para la gran mayoría de las familias sin que hasta el momento se hayan tomado decisiones al respecto.
Conforme a la Ley, cualquier persona que haya sufrido un perjuicio ocasionado por una infracción del Derecho de la competencia tiene derecho a reclamar a los infractores que le indemnicen por los daños ocasionados por dicha infracción. (art. 72 de la Ley de Defensa de la Competencia).
La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia sancionó a las principales editoras de libros de texto no universitarios por fijar condiciones comerciales e intercambiar información sensible entre ellas. (Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (S/DC/0594/16 ANELE “CÁRTEL DE LOS LIBROS DE TEXTO”)). Dichas infracciones determinan que el precio pagado por los padres es superior al que debió haber sido si dichas conductas no hubieran tenido lugar.
El precio de los libros de texto no universitarios es un 47% superior al de resto de títulos publicados por las editoriales en libro físico y hasta un 80% en libro digital.
Desde la Federación queremos ayudar a todas las familias perjudicadas para que puedan adherirse a una demanda por daños a la libre competencia, de forma fácil y económica a los efectos de que se les reintegre el sobrecoste de los libros que durante estos años han pagado de forma indebida y abusiva.
Los estudios comparativos con las restantes categorías de libros y el examen de los costes de edición y de comercialización conducen a concluir que el sobreprecio abonado por los padres y madres españolas es no inferior al 32 %.
Todos aquellos que adquirieron libros de texto no universitarios entre los años 2012 y 2018 tienen derecho a reclamar a las editoriales infractoras el precio pagado de más, esto es, incluye los libros de infantil, primaria, secundaria, bachillerato, todos los grados de FP, Escuelas Oficiales de Idiomas, Enseñanzas Artísticas, Conservatorios de Música, Escuelas de Adultos, etc.
Las demandas colectivas permiten que los grupos de afectados reclamen conjuntamente a las editoriales infractoras el sobreprecio sufrido.
Una vez que se autorice a la FAPA Giner de los Ríos a interponer, en representación de los afectados, la correspondiente demanda por los daños causados se procederá a continuación a recoger el material probatorio que acompañará la demanda junto al informe pericial.
Dicha demanda será interpuesta por el despacho jurídico GLOBAL CS. especialista en demandas colectivas.
Los afectados podrán reclamar a las editoriales los daños padecidos efectuando una provisión de fondos de 23 euros, que les será reembolsada en su integridad en caso de que se estime la reclamación. (véase instrucciones para su pago). Los honorarios a favor de la estructura de defensa se regirán por una tasa a éxito del 15% sobre las cantidades recuperadas a favor de cada familia.
Dicha provisión lo será por unidad familiar independientemente del número de hijos. La provisión comprende el derecho a la reclamación extrajudicial y judicial en primera instancia y apelación. También comprende aquellas cuestiones o incidentes procesales que se susciten durante ambas instancias.
La presentación de demandas colectivas permite la viabilidad económica de la reclamación al exigir dicha demanda la aportación de uno o varios informes periciales.
Como ejemplo estimado de indemnización: si durante 6 años (dentro del período de duración del cártel 2012-2018), una familia con dos hijos y un gasto medio de 250 euros al año en libros por hijo, la cantidad a recuperar, detrayendo el 15 % de los honorarios a éxito del despacho que asistirá el procedimiento, y sumando el reembolso de los 23 euros de la provisión, hace un total de unos 839 euros más los correspondientes intereses devengados por dichas cantidades.
Para la adhesión de las familias a este procedimiento se deberá, en primer lugar, cumplimentar el formulario de adhesión, y realizar el pago para la provisión de 23 euros, a través de transferencia bancaria o ingreso en la CC que se indica en el documento a tal efecto.
En el plazo de unos meses posteriores a la adhesión a través del formulario y el pago de los 23 euros de provisión, se procederá a solicitar a los interesados una sencilla información importante para la creación del informe pericial que avalará cada expediente.
Para más información actualizada, véase la sección de FAQ´s (Preguntas Frecuentes). Desde la Federación estaremos dispuestos a ayudar a las familias y aclarar cualquier tipo de duda para poderles facilitar el trabajo a todos y todas.
¿Cuáles son los siguientes pasos con posterioridad a mi adhesión a la reclamación?
En el plazo de unos meses posteriores a la adhesión a través del formulario y el pago de los 23 euros de provisión, se procederá a solicitar una sencilla información para la creación del informe pericial que avalará cada expediente:
- Cumplimentación de un sencillo Listado - Checklist por cada afectado desde la web o papel, para conocer algunos datos sobre los centros donde se cursaron los años educativos, etc
- Libro de Familia para justificar la relación familiar del/los alumnos con el padre, madre o tutor legal.
- Aportación de algún tipo de justificante de la adquisición de los libros de pago. De no disponer de ello, hay varias vías alternativas para tal efecto (con sólo una de las siguientes opciones valdría):
- Tickets, facturas o duplicados solicitados a la tienda o gran superficie donde se adquirieron.
- Justificante de algún pago electrónico del banco (tarjeta de crédito, movimientos bancarios, cartillas, extractos, etc). El banco suele, previa solicitud del interesado, facilitar este dato con la comprobación de los movimientos de varios años atrás en el tiempo.
- Movimiento de alguna de las Tarjetas de fidelización tipo Corte Inglés u otras, ya que éstas son válidas para conseguir por parte de las empresas datos del cliente, tipos de compra, cantidades, etc, por lo que suele ser un método bastante válido.
- Algún tipo de documento público que acredite su cantidad (declaración de la renta para quienes se han deducido dicha compra, ayuda de alguna mutua de trabajadores, ayudas de la empresa donde trabajan los padres, etc).
- Alguna de las compras por el mismo centro educativo o administración para los becados, ayudas de mutuas/funcionarios/empresas de los padres/AA.PP, etc).
- Por similitud a otros procedimientos de reclamación, tenemos la experiencia de que aparecerán más canales de obtención de la prueba de adquisición, a medida que vaya avanzando el proyecto de reclamación colectiva.
- Con carácter subsidiario, y ante la dificultad por razón del tiempo transcurrido para obtener cualquiera de los anteriores documentos justificativos, con carácter de prueba indirecta se podría solicitar a la propia Administración pública (Direcciones de Área Territorial) o al mismo Centro Educativo certificado acreditativo de los libros/editorial/año y curso, o certificado de los departamentos didácticos del Centro. Éstos tienen vías de acreditación de los libros/editorial/año (Secretario, Jefatura de los departamentos didácticos, Programación General Anual, Memoria Final de Curso, u otros).
- La documentación valdría escaneada, por lo que los padres la podrían enviar por medios electrónicos, o bien, si lo desean a la dirección postal de la federación calle Pilar de Zaragoza 22 Bajo Jardín. 28028 Madrid.